Vuelta a la casilla de salida…. Epílogo
El proces tal y como fue
abruptamente planteado, a mi parecer ya está agotado (después de agotarnos a
todos) a tenor de la inmediatez de las
noticias judiciales sobre Puigdemont y sus consejeros.
En el plano teórico, las tesis
independentistas apuntan a que nos encontramos en los prolegómenos del inicio
de un proceso constituyente aun no convocado, que deberá convertir a Cataluña (Catalunya)
en un estado soberano e independiente en forma de República. Puigdemont sería a
todos los efectos, en estos momentos, considerado
como el presidente provisional de un supuesto gobierno provisional no
constituido, de la aún no constituida República Catalana.
Pero también es jurídicamente ex
Presidente de la Comunidad Autónoma de Cataluña y como todos los ex presidentes
goza legalmente del prestigio y honor de estar en el salón de los jarrones
chinos que diría Felipe González. Supongo
que esto también le afectará en
cuestiones como la pensión vitalicia de ex presidente, la posibilidad de tener
escolta, despacho y vehículo oficial a cargo de los presupuestos de la
comunidad autónoma catalana. Una cosa, no quita la otra. Igualmente si así se decretase, podría incluso
formar parte del Consejo de Estado (del Reino de España) como consejero electivo
al igual que todos los consejeros del gobierno autonómico cesado.
La situación judicial actual no
inhabilita a Puigdemont para volver a ser cabeza de lista en la candidatura del
PDeCat, sus derechos civiles (españoles) permanecen inalterados, puede hacer
campaña electoral, ser elegido y puede votar legalmente. Lo mismo para Oriol
Junquera (ERC) que aunque está en prisión provisional; aún no ha sido
inhabilitado por un juez.
Para los independentistas en
teoría se está a la espera de la convocatoria a elecciones constituyentes, para
la cual aún no hay fecha establecida. En
su caso, estas elecciones - en caso que se convoquen por parte del Presidente o
del Parlamento - tendría el objetivo de establecer una nueva asamblea
constituyente encargada de elaborar la constitución fundacional de la República
de Cataluña. Estas elecciones constituyentes se enmarcan dentro de la Ley de Transitoriedad Jurídica y fundacional
de la República Catalana (Ley 20/2017 Parlamento de Cataluña) aprobada por
el parlamento de Cataluña antes de ser disuelto en diferido desde Madrid.
Aceptados los resultados positivos
del 1 de octubre de 2017 por parte del bloque independentista, mayoritario en
el Parlamento de Cataluña, se puso en marcha el proceso constituyente (conforme
disponía la Ley 20/2017) por parte de la mesa del parlamento, tras declarar
públicamente la independencia de la República de Cataluña.
Cuando la ciudadanía
independentista catalana se lanzó a la calle para celebrar tan magno
acontecimiento (calificado mil veces de “histórico”)
no podía ni imaginar los acontecimientos subsiguientes a la celebración.
En teoría se había proclamado una
nueva república, en teoría existía un gobierno provisional de dicha república y
en teoría las acciones públicas del nuevo gobierno provisional deberían haber
ido encaminadas a la negociación de transferencia de poderes con el estado
español tal y como establecía la Ley 20/2017.
Sin embargo nada de lo esperado
ocurrió, ¡absolutamente nada! La bandera española seguía ondeando en los
edificios públicos de Cataluña. ¿A nadie se le ocurrió arriarla? Nadie salió al
balcón de la Generalidad (Generalitat) a lo Compayns a enarbolar la Senyera catalana (Sin la Estelada
como está previsto por los independentistas) como todos esperaban. Al día
siguiente de la supuesta proclamación de la República Catalana, la vida
continuaba como si nada hubiera ocurrido. Como si de un espejismo se tratase. La
calma y el silencio eran acojonantes. Nadie
se acostó español, nadie se levantó catalán (con permiso del Conde de Romanones
q.e.p.d.).
A los pocos días vemos al
presidente provisional del gobierno provisional de la no constituida República
Catalana comiendo alegremente en Gerona (Girona) y haciéndose selfies con unos alegres jovenzuelos. Puigdemont 2.0 en estado
puro.
A los pocos días estaba en
Bruselas (Bélgica) con su familia y algunos de sus consejeros. ¿Qué hacía allí
el M.H. President? Muchos políticos
belgas y europeos estaban atónitos. Muchos se preguntaban que si había
declarado la independencia de Cataluña, lo lógico sería que estuviese en
Cataluña acompañando a su pueblo en el camino hacia la construcción de la República
Catalana. Siendo optimistas desde la
perspectiva independentista, Puigdemont podría estar en Bruselas buscando
reconocimiento internacional de la UE. Obviamente un país no reconocido, es un país
inexistente a efectos diplomáticos, políticos, económicos y de defensa.
Poco tiempo después observamos
como en realidad Puigdemont estaba contratando un abogado belga para que o bien
iniciara los trámites para pedir asilo político (en calidad de presidente de la
república catalana), o bien para enmarañar la causa judicial abierta en la
Audiencia Nacional española contra él y contra sus consejeros por un delito de
rebelión (en su calidad de presidente autonómico).
En este embrollo judicial, que
seguro durante meses llenará portadas y titulares mediáticos, el presidente del
gobierno Mariano Rajoy, en su calidad de Presidente en funciones del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Cataluña, convocó elecciones autonómicas para
Cataluña (con Ñ) para el 21 de diciembre
de 2017 (siguiendo en este caso el desarrollo de la aplicación del art. 155 de
la CE).
Resulta curioso que, salvo la CUP
a cierre de esta entrada, todos los partidos independentistas se han mostrado
proclives a participar en dicho proceso electivo. Resulta curioso porque en
teoría ellos (PDeCAT, ERC, “comunes”
y destituida cúpula de Podem) forman parte a priori de la clase política que
deberá concurrir a las elecciones constituyentes previstas en la Ley 20/2017,
aquella que debe conformar una asamblea constituyente que elabore la futura constitución fundacional de la
República Catalana.
Desde un punto de vista
independentista “puro” no se entiende
que fuerzas políticas afines a la nueva república participen en unas elecciones
autonómicas en el marco de la legalidad del Reino de España, del cual en teoría
se han separado o pretenden separarse. Es increíble el escaso respeto e incoherencia
que los independentistas dan a su propia legalidad - emanada teóricamente de la
Ley 20/2017 - y el escaso o nulo
convencimiento que tienen de la realidad
existencial de una República Catalana.
Supongamos que planteen los
comicios del 21 de diciembre como una suerte de nuevo referéndum de autodeterminación
(van tres por el momento… ¡más madera! diría
Groucho Marx) y que en dichos comicios obtengan la mayoría parlamentaria (en
escaños) como en los últimos tiempos. Supongamos que con este resultado (legal
en este caso) se sientan con fuerza para continuar con su desconexión con
España.
Es posible que asuman que dicha elección
autonómica, es en realidad un referéndum y a la vez unas elecciones
constituyentes. (Eso mismo se hizo en 1931 aprovechando unas municipales (12 de
abril), se proclamó una república (14 de abril), antes incluso de saberse el
resultado oficial (que nunca se publicó).
En este supuesto, solo cabría
abrir los debates constitucionales
temáticos (temas menores), bajo la apariencia de debates legislativos de carácter
autonómico, perfectamente legales conforme establece el ordenamiento español (“de la ley a la ley” como ocurrió entre 1977 y 1979).
Ganarían tiempo para ir
elaborando clandestinamente su constitución catalana hasta el momento de
completarla y justo en ese momento, salir de nuevo de las catacumbas y
constituir de forma rápida la República Catalana.
Mientras, legalmente constituidos
en el régimen autonómico español, disfrutarían de los placeres de formar parte
del Reino de España y de la UE, incluso podrían participar (han sido invitados)
en la comisión para la reforma de la constitución española (magnífico
laboratorio para los futuros redactores de la constitución catalana).
Si en algo se caracterizan los
catalanes es en su constancia y en su paciencia infinita. Si hoy no ha podido
ser, lo podrá ser mañana, o pasado, o el otro. Por ahora parece que la cosa se
está ajustando a la nueva situación preelectoral (autonómica).
La CUP en cambio no parece
dispuesta a participar, ello le coloca curiosamente en la fuerza política más
coherente de los independentistas. Ellos viven ya en una republica catalana
virtual (nunca mejor dicho) y esperan la
puesta en marcha de la asamblea constituyente (que ni siquiera ha sido
convocada).
Están perplejos como sus
compañeros de filas (PDeCAT y ERC) se enredan ahora en unas elecciones
españolas, perdiendo el tiempo y la casa sin barrer. Con un presidente traidor que se ha largado, que solo busca protagonismo mediático y
rédito electoral (¡hay gente que nunca
cambia! Pensarán muchos). Con un vicepresidente y un gobierno provisional
encarcelado o a punto de estarlo, con un parlamento paralizado y controlado
desde Madrid.
Me surge otra cuestión. Las autonómicas
se han convocado legalmente y cuando se celebren tendrá que haber un pleno para
la constitución del parlamento catalán y serán sus diputados/as los que tengan
que hacer una propuesta de presidente de la Comunidad Autónoma (Conforme
dictamina el Estatuto de Autonomía vigente). Propuesta que tiene que ser
aprobada por el pleno del parlamento de Cataluña en el transcurso de una sesión
de investidura.
Según las medidas aprobadas por
el Senado de España para la aplicación del art. 155, el parlamento de Cataluña
no podrá proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno autonómico, ni
tampoco celebrar una sesión de investidura.
¿Qué pasaría si las elecciones
autonómicas las ganase el PP, PSC o C’s?
Ninguno de sus candidatos podría, conforme al art. 155 ser propuesto
para ocupar la presidencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña (ni formar en consecuencia,
gobierno autonómico). Tampoco podría haber sesión de investidura. Por tanto en Cataluña habría parlamento (que si se puede constituir);
pero no gobierno autonómico (Sería paradójicamente ilegal conforme a la
resolución del Senado de España en aplicación del art. 155).
Si bien la medida parece indicar
que no se aceptaría un gobierno de independentistas, legalmente creo que no
tendría cabida actuar de esta manera si se hacen excepciones que no figuran en
las medidas adoptadas por el Senado. Porque cualquier resultado legal, sea el
que sea, de unas elecciones legales, debería ser constitucionalmente aceptado,
nos guste o no.
El gobierno ha dicho que cuando
se nombre un gobierno en Cataluña cesa automáticamente en sus funciones y se
desactiva el art. 155. La pregunta clave es: ¿Cómo se puede nombrar legalmente un
gobierno autonómico en Cataluña, si las medidas lo prohíben, precisamente por que van contra el art. 155?
Los independentistas incluso se podrían permitir el lujo de acudir al Tribunal
Constitucional a interponer un recurso de inconstitucionalidad al vulnerarse la
aplicación del art 155. Algo surrealista, pero perfectamente legal.
Sea como sea, la “cuestión catalana” está nuevamente lejos
de solucionarse a corto plazo (llevamos más de trescientos años con dicha
cuestión, así que: “el que venga detrás,
que lo arregle” o “borrón y cuenta
nueva y a otra cosa mariposa” que
esto ya aburre). Los independentistas seguirán con su vida romántica en la virtual
República Catalana y los constitucionalistas nos aburriremos con las batallitas
de cómo se formó legendariamente el Reino de España (“cada loco con su tema” o “cada
mochuelo a su olivo”).
Mientras la buena gente de Podemos
(que como las meigas, “haberlas haylas”, incluso entre los
independentistas) se encuentran por el momento en el limbo de su propia crisis
existencial, esperando el juicio final de los resultados electorales (sean
cuales sean estos) para saber hacia dónde arriman el ascua a la sardina (algo
me dice que al PSC para “curarse en salud”);
mientras esperan, escancian unas deliciosas birras en el bar de la esquina
(experiencia, por otra parte, muy saludable y según algunos expertos de
facebook, muy recomendada para la
depresión).
Continuará….
Comentarios
Publicar un comentario