¡Gibraltar, Español! (expresión popular)



En estos días se están perfilando los acuerdos para la separación del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea. En líneas generales la hoja de ruta marca este domingo un hito en el proceso.  En líneas generales hay acuerdo de los socios europeos, pero ha aparecido la histórica cuestión de Gibraltar que enfrenta al Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte con el Reino de España.

Para los más jóvenes, el histórico contencioso diplomático data del año 1713, cuando la armada británica ocupó militarmente el entonces pueblo de pescadores gaditano conocido con el nombre de Gibraltar. El territorio lo conformaba por entonces una isla rocosa unida al continente a través de un istmo arenoso. En el siglo XVIII cuando subía el nivel del mar, la isla recuperaba su insularidad.  La pequeña población serbia de habitación a una pequeña guarnición militar que se encontraba acuartelada en el antiguo castillo árabe de la población. Disponía de un pequeño puerto pesquero en la bahía de Algeciras. La pesca era su principal fuente de riqueza.

La posición estratégica en el contexto de la Guerra de la Sucesión Española (1701-1714) le dio ventaja al Reino Unido para asegurar el control del Estrecho de Gibraltar y la entrada al Mediterráneo. En este mismo contexto también ocupó la isla de Menorca y la remota isla caribeña de San Cristóbal (Perteneciente en esta época a España). Fue una guerra que se libró principalmente en el mar;  por lo que asegurar los estrechos y accesos marítimos era crucial para asegurar la victoria.

El Tratado de Utrecht, firmado el 13 de julio de 1713 por los monarcas británicos y español, puso fin a la Guerra de la Sucesión Española estableciendo el nuevo marco de relaciones bilaterales en diferentes ámbitos.  La cuestión territorial fue la más importante de las cuestiones tratadas. Poco antes de su firma,  la armada inglesa ocupó también la isla de Mallorca.

La posición española se enmarcó en la reclamación del territorio ocupado por el ejército británico, sobre los que el monarca Felipe V de España (1701- 1746) ejercía su señorío y la cualidad soberana antes de la ocupación. Por otra parte la posición británica fue la de reclamar su “derecho de conquista” sobre el territorio ocupado,  dado que su acción formó parte de la estrategia militar en el marco de una guerra declarada.

El acuerdo final jugó a favor del Reino Unido que vio reconocida la propiedad «a perpetuidad» de: «la ciudad y castillos de Gibraltar, juntamente con su puerto, defensas y fortalezas»  según reza el artículo X del Tratado. El tratado deja la puerta abierta a que lo cedido por el tratado pueda retornar al Reino de España, en el caso que el Reino Unido, o bien renunciase; o bien se enajenase dicha «propiedad». Es decir España tendría precedencia y derechos reconocidos de soberanía, para recuperar dicha propiedad (Gibraltar).

A tenor de lo tratado y acordado, el ayuntamiento español de Gibraltar procedió a trasladarse a territorio español, asentando un campamento de refugiados en torno a la ermita de San Roque, fuera de la línea de tiro de las defensas de Gibraltar. Otros súbditos españoles de Gibraltar se refugiaron en la cercana población de Algeciras.

El campamento de San Roque, adoptó aquellas tierras, logrando en poco tiempo convertirse en un nuevo municipio: el de San Roque, dejando claro en su fundación que era «donde reside [la población de] Gibraltar» mientras durase la ocupación británica. España  asedió con posterioridad el peñón en varias ocasiones e instaló  defensas y fortificaciones a lo largo de la zona próxima al peñón y de la bahía de Algeciras.

El istmo  se mantuvo bajo la propiedad y jurisdicción de España, al igual que la costa oriental del peñón. La ciudad de Gibraltar era muy pequeña y estaba situada en la ladera occidental del peñón. Las conocidas como «puertas de tierra» actuaban de frontera de facto entre ambos territorios.

 Con el tiempo el despoblado campo de Gibraltar fue ocupado por inmigrantes procedentes de otros territorios, atraídos por el comercio transfronterizo (otra de las cuestiones tratadas en Utrecht) y el contrabando; así como por la actividad económica asociada al mantenimiento de las defensas militares.

En 1730 por orden gubernamental se creaba la población de «La Línea de la contravalidación» con el fin de establecer una línea de defensa estable y permanente para impedir el paso de los británicos hacia la península ibérica.  En torno a dicha línea fortificada, se creó la primera población de  «La línea» (como fue conocida popularmente desde entonces). En 1870 la línea adquirió la categoría de municipio y en consecuencia se fundó como ciudad española segregada de San Roque (a cuyo municipio perteneció originalmente, como pueblo pedáneo) adoptando el nombre de «La Línea de la Concepción».

A lo largo del siglo XVIII y XIX hubo algunas epidemias en Gibraltar. España  con gesto humanitario accedió a levantar campamentos ingleses en el istmo y a usar incluso las fortalezas españolas para aliviar la epidemia.

En 1830 el gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda otorgó a la población gibraltareña el derecho a ser una colonia dentro del recién creado imperio británico (como dominio o propiedad de la corona inglesa tenía derecho a ello) estableciéndose un gobierno colonial en la ciudad.  

Con el tiempo Reino Unido ocupó el istmo y la parte oriental de la roca, estableciendo en 1909 el primer puesto fronterizo y aduanero (popularmente conocido como “la verja”) al final del istmo (donde se encuentra en la actualidad).  España protestó por esta ocupación ilegal que, a su juicio e interpretación, contravenía el tratado de Utrecht de 1713.

 La cuestión llevada al ámbito diplomático se mantuvo en los mismos términos de 1713, con reclamaciones periódicas por ambas partes.  La doble interpretación del tratado no ayudó a buscar una solución de consenso a lo largo de los años.  Las cuestiones sociales, económicas y políticas fueron elementos de discrepancias y a la vez nuevos problemas que rebasaban el ámbito diplomático; entrando de lleno en cuestiones propias del debate político e ideológico.

 Tras la segunda guerra mundial (1939-1945), Gibraltar se convirtió en base naval de la armada británica y a tal efecto construyó en el istmo un aeródromo para  facilitar las comunicaciones con la metrópoli, debido a las complicaciones en el transporte fronterizo y los frecuentes desacuerdos entre Reino Unido y España. Esa nueva ocupación del istmo fue igualmente protestada por España, porque según su interpretación, contravenía el tratado de Utrecht.

La recién creada Organización para las Naciones Unidas (ONU en adelante) otorgó a Gibraltar la categoría de colonia Británica. Igualmente, conforme dictaba el tratado de Utrecht (Vigente desde 1713), reconocía el derecho a la soberanía de Gibraltar por parte de España y por tanto el derecho de España a reclamar sus derechos en caso de alteraciones que pudieran producirse en el estatus colonial de Gibraltar.

En los sesenta en pleno proceso descolonizador en la ONU, la colonia gibraltareña quedó en una situación de inestabilidad diplomática. España exigía (junio de 1963) que se procediese a la descolonización de Gibraltar y en consecuencia retornase a la soberanía de España conforme dictaba el  tratado.

Sin embargo El Reino Unido consideró que Gibraltar dejó en 1969 (1º constitución gibraltareña, 30 de mayo de 1969) de ser propiamente una colonia para pasar a ser un “Territorio de Ultramar” con un estatus similar a una autonomía regional, que formaba parte Reino Unido y en consecuencia se encontraba bajo la soberanía y leyes británicas. Reino Unido Asumía las relaciones exteriores de Gibraltar. 

En esta constitución se dejó abierta la posibilidad por la cual los gibraltareños podrían acceder al derecho de autodeterminación y en consecuencia convertirse en un estado soberano si así lo acordaba su asamblea legislativa (como así había ocurrido con otras colonias británicas descolonizadas). La constitución  abordaba la necesaria relación trilateral con Reino Unido y España en lo referente a las relaciones diplomáticas y de otra índole. España  protestó la constitución gibraltareña.

La respuesta del gobierno del dictador Francisco Franco Bahamonde (1936-1975) en línea con su ideario nacionalista, procedió como medida de presión, a levantar por primera vez en doscientos cincuenta y seis años, un puesto fronterizo y aduana en paralelo a «la verja» británica.

Un puesto que mantuvo cerrado, incomunicando a los habitantes de Gibraltar con los de España durante trece años.  Muchas familias mixtas y muchos trabajadores transfronterizos quedaron también afectados por esta contundente medida. El frecuente contrabando y los choques entre ejércitos o pescadores en aguas en disputa  (España solo reconoce como jurisdiccionales británicas, las aguas interiores del puerto de Gibraltar) monopolizaron las noticias desde entonces, hasta su reapertura en 1982.

En 1980 se establecieron mecanismos bilaterales para reordenar y regular las relaciones en lo tocante a Gibraltar y su relación con el campo de Gibraltar. Si bien en estos mecanismos se tratan cuestiones bilaterales técnicas, que no deberían tratar el tema de la soberanía; dicha soberanía siempre está sobre la mesa en las negociaciones,  porque afecta al contrabando, a la política fiscal (Gibraltar es prácticamente un paraíso fiscal), a la pesca, al comercio transfronterizo, a las relaciones locales entre sus habitantes.  

En 2006 una nueva constitución gibraltareña corregía los defectos de la de 1969, impidiendo que Gibraltar se convirtiera en un estado soberano (lo que obligaría a España a activar su reclamación conforme al artículo X del tratado de Utrecht de 1713, para reclamar oficialmente la devolución de Gibraltar) y que pudiera por tanto participar en las relaciones bilaterales entre Reino Unido y España.  Reino Unido  actuó favoreciendo la buena relación con España en esta ocasión. Las reclamaciones de soberanía y las cuestiones surgidas en el día a día entre Gibraltar y el Campo de Gibraltar se han mantenido como siempre en disputa.

Actualmente, España reclama a la UE un adenda o complemento al acuerdo del BREXIT para que se  tenga siempre en cuenta a España en cualquier aspecto que afecte a Gibraltar, ahora y en el futuro.  Que cualquier asunto se trate bilateralmente entre Reino Unido y España por una parte (Cuestiones de soberanía y relaciones diplomáticas)  y conjuntamente con las autoridades gibraltareñas y del campo de Gibraltar (cuestiones sociales, económicas y políticas) por otra.

España no está diciendo NO al acuerdo en aspectos técnicos, sociales, económicos. Quiere mantener la relación bilateral en términos actuales con mejoras, a posteriori, sustancial a nivel fiscal, social y comercial; pero si dice NO, a un acuerdo donde España no tenga margen de maniobra para seguir reclamando el fondo del asunto (Fte. Ministerio de Exteriores y Cooperación de España):

 1- «Gibraltar no forma parte integrante del Reino Unido, sino que es un territorio bajo soberanía británica del que el Reino Unido asume sus relaciones exteriores» (…)

2- «Dado que el Derecho de la Unión Europea solo se aplica en el Peñón gracias a la pertenencia del Reino Unido a la UE,  la salida del Reino Unido de la UE implica necesariamente la de Gibraltar. Así se recoge en el punto 4 de las orientaciones del Consejo Europeo de 29 de abril de 2017 sobre el Brexit, y también en las instrucciones de la Comisión Europea».

3- «Una vez que el Reino Unido haya abandonado la UE, ningún acuerdo entre la UE y el Reino Unido podrá aplicarse al territorio de Gibraltar sin acuerdo entre el Reino de España y el Reino Unido. Esto rige también para el período transitorio que eventualmente se acuerde, como se recoge en las orientaciones de 15 de diciembre y las instrucciones a la Comisión de 29 de enero de 2018»

Mañana es el día crucial. Si no se tienen en cuenta las reivindicaciones de España; España votará oficialmente NO al acuerdo del Brexit, generando un escenario que hoy por hoy solo podremos especular sus consecuencias (Fte. Gobierno de España). En esta ocasión el sentido de estado, en defensa de la reclamación justa y ajustada a derecho internacional,  ha primado frente a la crispación preelectoral y a los idearios o posiciones de los partidos políticos en lo referente a esta cuestión.




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